Comunicado de la Federación de Triatlón de la Región de Murcia (act. 06/05/20)
Actualizamos este comunicado a fecha 06/05/20 despues de mantener una reunión con el Consejo Superior de Deportes y aclarar algunos puntos. Esta Federación, con motivo de las indicaciones aparecidas en el BOE nº 123 de 3 de mayo de 2020 de y después de las reuniones telemáticas tenidas con la Federación Española de Triatlón y con el Director General de Deportes de la Comunidad Autónoma de Murcia, en el día de hoy, lunes 4 de Mayo, creemos conveniente aclarar algunos de los conceptos que en el mencionado BOE vienen reflejados:
1.- Quienes son DAN (Deportistas de Alto Nivel)
Los deportistas así reconocidos por el CSD. Todos ellos han recibido por parte de este estamento un certificado que los acredita como tales
2.- Quienes son Deportistas de Interés Nacional.
Aquellos que no teniendo la consideración de DAN, son propuestos por la Federación Española y aceptados como tales por el CSD, el cual le expedirá igualmente un certificado.
3.- Todos estos deportistas de Alto Nivel y de Interés Nacional podrán llevar a cabo sus entrenamientos sin restricciones de horas y dentro de la provincia de Murcia.
4.- Deportistas con licencia de Triatlón.
Podrán entrenar en las dos franjas estipuladas, es decir de 6.00 h. a 10.00 h. y de 20.00 a 23.00 h. Es decir, podrán hacer dos entrenamientos al día, por ejemplo, bicicleta por la mañana y carrera a pie por la tarde-noche.
Podrán hacer uso libremente del mar, ríos o embalses, siempre y cuando el Ayuntamiento correspondiente lo autorice y bajo las directrices que marque el mismo.
Se puede usar vehículo para desplazarse hasta el lugar donde se realizara la actividad física siempre sin salir de los límites del municipio.
En esta Fase 0 todas las actividades federadas se tendrán que llevar a cabo dentro del término municipal donde se resida.
En todo momento se llevará la tarjeta identificativa de deportista federado en triatlón o el certificado que se podrá descargar desde la web http://licencias.trimurcia.org
5.- Los menores de 14 años en esta fase 0 podran realizar deporte en las mismas franjas horarias que los federados adultos.